LA AUTORA:
Ing. Natalia Salazar
natalia.salazaar@ambiente.gob.ec
Responsable de la Unidad de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente, Dirección Provincial de Tungurahua.
En referencia a lo manifestado en la página 14 de la Edición Diciembre 2016 de Revista “Ecológica Magazine®”, en la que se indica que el CCAN “es una lista disponible en la plataforma del SUIA que clasifica proyectos o actividades en cuatro categorías de impacto ambiental”, se procede a realizar la respectiva rectificación, indicando que la categorización ambiental nacional fue derogada el 04 de Mayo de 2015, fecha en la cual entra en vigencia el Acuerdo Ministerial 061 que reforma el Libro VI del Texto Unificado de la Legis-
lación Ambiental Secundaria y establece el catálogo de proyectos, obras o actividades que es el listado de proyectos, obras o actividades que requieren ser regularizados a través del permiso ambiental establecido en función de la magnitud del impacto y riesgo ambiental.
Es así que actualmente la regularización ambiental realizada a través del Sistema Único de Información Ambiental -SUIA-, puede resumirse de la siguiente manera:

Para conocer el tipo de permiso ambiental, tiempo de emisión y costo se puede realizar la consulta en el catálogo de proyectos, obras o actividades a través de los servicios en línea disponibles en la plataforma del SUIA en la página web*:
suia.ambiente.gob.ec -> servicios en línea -> catálogo de actividades ambientales
*Se puede realizar la consulta sin necesidad de registrar el usuario.
¿Cuál es el procedimiento a seguir?
Una vez identificado el tipo de permiso que se requiere, la regularización ambiental se debe realizar a través de la plataforma del SUIA, que es la herramienta informática de uso obligatorio para las entidades que conforman el Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental; es administrado por la Autoridad Ambiental Nacional y es el único medio en línea empleado para realizar todo el proceso de regularización ambiental, de acuerdo a los principios de celeridad, simplificación de trámites y transparencia.
Requisitos para ingresar al sistema SUIA:
Para regularizar un proyecto, obra o actividad se debe obtener un usuario y una contraseña de ingreso al SUIA, para lo cual se requiere:
- Tener una dirección de correo electrónico.
- Cédula de Identidad (personas naturales) o RUC (personas jurídicas).
El proponente, es decir el representante legal de la actividad, obra o proyecto, debe registrarse como usuario en el sistema SUIA para lo cual debe llenar el formulario en línea lo que le permitirá recibir las credenciales para el acceso a la plataforma de regularización.
Con el usuario y contraseña de acceso deberá registrar su proyecto, obra o actividad sujeto de regularización; el sistema en forma automática establecerá el tipo de permiso, sea Registro Ambiental o Licencia Ambiental, así como determinará la Autoridad Ambiental competente ante la cual corresponde la regulación.
¿Dónde debo acudir para tramitar la certificación ambiental de mi negocio?
En cuanto a lo manifestado en la página 15 de la Edición Diciembre 2016, en la cual se hace referencia a donde tramitar la Certificación Ambiental, se procede a realizar la aclaración respecto a que la Certificación Ambiental, no es lo mismo que el Permiso Ambiental.
Certificación Ambiental: es la certificación ecuatoriana que el Ministerio del Ambiente concede como reconocimiento al mérito cívico – ambiental en favor de las personas naturales o jurídicas,.
privadas o públicas, cuyas prácticas y actividades hayan contribuido significativamente en la prevención y control de la contaminación ambiental. La Certificación Ecuatoriana Ambiental está regulada mediante Acuerdo Ministerial 225 del 08 de noviembre de 2011, uno de los criterios fundamentales es el de que cuente con el Permiso Ambiental respectivo, así como contar con casos de aplicación de Producción más Limpia a través de la demostración de indicadores. El caso más exitoso, será Reconocido con “Punto Verde”.
Permiso Ambiental: es la autorización otorgada por la Autoridad Ambiental Competente, a una persona natural o jurídica, pública o privada, para la ejecución de un proyecto, obra o actividad, el permiso establece la obligatoriedad del cumplimiento de la normativa ambiental aplica- ble por parte del regulado para prevenir, mitigar o corregir los efectos indeseables que el proyecto, obra o actividad autorizada pueda causar en el ambiente.
Actualmente, el Ministerio del Ambiente ejerce las potestades de Autoridad Ambiental Nacional y como tal la rectoría del Sistema Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental, que permite articular a las instituciones del Estado con competencia ambiental, siendo el mecanismo de coordinación entre sectores, de integración y cooperación con los distintos ámbitos de gestión ambiental y manejo de recursos naturales.
Desde diciembre del 2015 el Gobierno Autónomo Descentralizado Provincial de Tungurahua asumió el rol de Autoridad Ambiental de Aplicación responsable (AAAr), luego de haber cumplido el proceso de acreditación ante el MAE conforme lo establecido en el Sistema Único de Manejo Ambiental (SUMA), siendo actualmente la Autoridad Ambiental competente para otorgar permisos ambientales, control y seguimiento, dentro de su jurisdicción, excepto de los sectores estratégicos que le corresponde a la Autoridad Ambiental Nacional.
Actualmente, la resolución 005-CNC-2014 y la re- solución 001-2017-CNC del Consejo Nacional de Competencias, y la resolución 281 del Ministerio del Ambiente, son los instrumentos que regulan el ejercicio de la competencia de gestión ambiental a favor de los GADs.
